Este sábado 7 de junio de 2025 entrarán en vigor medidas clave de la Orden TDF/149/2025, publicada en el BOE el 15 de febrero de 2025, destinadas a combatir las estafas telefónicas y proteger a los usuarios frente a comunicaciones fraudulentas.
Será necesario hacer un seguimiento riguroso de su aplicación y una mayor implicación de todos los actores implicados, incluidos los propios consumidores.
Fin de las llamadas comerciales desde móviles
Una de las novedades más relevantes es la prohibición de realizar llamadas comerciales no solicitadas desde números móviles. Esta medida responde a una práctica ampliamente reclamada por los consumidores: la suplantación de identidad por parte de estafadores que se hacen pasar por bancos, compañías eléctricas o entidades públicas, utilizando teléfonos móviles para generar confianza.
Las empresas no podrán realizar llamadas comerciales no solicitadas desde números móviles.
Esta medida busca evitar la suplantación de identidad, una técnica común en fraudes telefónicos donde los estafadores utilizan números móviles para hacerse pasar por entidades legítimas.
Las llamadas comerciales deberán realizarse:
- desde números geográficos (fijos)
- desde numeración gratuita (800/900),
- numeración específicamente asignada para comunicaciones comerciales.
Facilitando así la identificación del origen de la llamada y aumentando la confianza del consumidor.
Bloqueo de llamadas con identificadores falsos o vacíos
Los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a bloquear las llamadas que presenten un identificador de línea llamante (CLI) vacío o que utilicen numeración no asignada o incoherente con el Plan Nacional de Numeración Telefónica.
Esto incluye:
- Llamadas con número no asignados a ningún servicio.
- Llamadas que simulan provenir de números españoles, pero se originan en el extranjero.
Esta medida pretende impedir que las llamadas fraudulentas lleguen a los usuarios, aumentando la seguridad en las comunicaciones.
Pero además debe existir una supervisión activa y una colaboración estrecha entre operadores, administración pública y organismos de defensa del consumidor. Además, instamos a que se habiliten mecanismos ágiles para que los consumidores puedan denunciar este tipo de fraudes y recibir respuesta efectiva.
Otras medidas
- Se establece la obligación de bloquear mensajes SMS, MMS y RCS que utilicen alias no inscritos en el registro oficial o que provengan de proveedores no autorizados. El uso de nombres falsos en mensajes que simulan ser de bancos o instituciones ha causado enormes perjuicios económicos a miles de usuarios.
- Creación de un registro oficial de alias gestionado por la CNMC, que desde la asociación esperamos que sea transparente, accesible para los consumidores, y que incluya un canal rápido de verificación y denuncia.
Estas medidas representan un paso significativo en la protección de los consumidores frente a fraudes y comunicaciones no deseadas, fortaleciendo la confianza en los servicios de telecomunicaciones, no obstante, desde la asociación se vigilarán que estas medidas tengan una aplicación efectiva y pongan fin a los abusos que sufren los consumidores.
Mónica Antón Antona
Coordinadora de AICAR ADICAE