Aspectos fundamentales de los suministros de energía: claves para consumidores informados

Suministros de energía y factura de luz

Desde AICAR ADICAE, llevamos tiempo promoviendo una participación activa y crítica de los consumidores en el ámbito energético.

Fruto de los talleres formativos celebrados recientemente, hemos identificado los temas que más preocupan e interesan a las personas usuarias: el tipo de contrato, la potencia contratada, las tarifas, las herramientas de control del consumo, y los derechos a reclamar.

Este artículo busca recoger de forma clara y útil estos aspectos esenciales, surgidos del contacto directo con los asistentes en nuestras sesiones.

Tarifa y comercializadora

El primer aspecto que conviene determinar es qué tipo de contrato tiene cada consumidor.

  • Mercado regulado: Es el ámbito en el que solo pueden contratar los consumidores con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW y tensiones no superiores a 1 kV, a través de las comercializadoras de referencia autorizadas por el Estado. En este mercado se ofrece el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y un precio fijo anual, bajo condiciones establecidas y supervisadas por la normativa pública, con precios vinculados al mercado mayorista de electricidad y mayor control administrativo.

Depende de la oferta del mercado en lo que se llama subasta marginalista. En los momentos de tanta fluctuación se trató de establecer el tope de gas para separar la subasta de los generadores con gas del resto.

Desde el 1 de enero del 2024 se trató de estabilizar incluyendo un 25% del precio del mercado de futuros. Estos precios que se establecían en tramos de una hora y a partir del 1 de octubre del 2025 se ha establecido en tramos de quince minutos.

Más complicado saber el importe de nuestro consumo y precio. Sin embargo, tanto en Red Eléctrica como a través del comparador del CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia) se presenta por horas.

Las tarifas PVPC las ofrecen las compañías de referencia:

  • Energía XXI (Endesa)
  • Curenergía (Iberdrola)
  • Gas & Power (Naturgy)
  • Régsiti (Repsol)
  • Baser COR (TotalEnergies)
  • Otras: Teramelcor (Melilla) y Energía Ceuta XXI (Ceuta)

Dentro del mercado regulado existe otra modalidad denominada “Precio Fijo mensual durante 12 meses” por la cual las comercializadoras de referencia están obligadas a ofrecer al consumidor un precio estable de la electricidad durante un periodo de un año. Este precio permanece invariable durante esos 12 meses, aunque no existe un límite máximo fijado por la normativa.

  • Mercado libre: Es el mercado en el que el consumidor puede contratar el suministro eléctrico con cualquier comercializadora, pactando libremente el precio y las condiciones del contrato. Las ofertas pueden incluir descuentos, tarifas planas y servicios adicionales, por lo que se requiere especial atención y comparación, ya que las condiciones no están sujetas a precios regulados por el Estado.

Los consumidores deben fijarse bien en la denominación de su empresa

comercializadora, ya que las operadoras del mercado regulado también

operan en el mercado libre, pero con nombres muy similares. El nombre de

la comercializadora puede localizarse en la propia factura de la luz.

Potencia contratada

Un factor muy importante en la facturación es el Término de Potencia, que es el término fijo que abonaremos por el uso de la disponibilidad eléctrica. Se calcula por la cantidad máxima de kW/h que disponemos de forma concurrente en un momento dado.

Con los equipos de medida con telegestión esta medición es más exacta y si se supera se produce el corte del suministro por unos segundos.

En los encuentros hemos insistido en que los recibos de facturación tienen, normalmente en la primera hoja, el máximo uso en un momento determinado.

Las potencias máximas demandadas en el último año han sido 4,980 kW en P1 (punta) y 7,100 kW en P3 (valle). Esta información está disponible desde 01/06/2021.

Lecturas y contadores

Desde el 1 de enero de 2019, todos los contadores deben ser inteligentes, lo que permite no solo una lectura horaria más precisa, sino también la discriminación horaria y la telegestión.

Esto significa que el consumidor puede acceder a sus datos de consumo directamente a través de las webs de las distribuidoras, lo que facilita la comparación de tarifas, el análisis del uso eléctrico o la revisión de cobros anómalos.

En caso de errores en las lecturas, es importante saber que las plataformas digitales de las distribuidoras permiten consultar los consumos por tramos horarios, el historial de potencias máximas demandadas e incluso exportar estos datos para reclamaciones o estudios comparativos.

Desde AICAR ADICAE insistimos en que conocer esta información es clave para reclamar y para optimizar nuestros hábitos de consumo.

Bono social

El bono social eléctrico (bono social) es un descuento fijado por el gobierno sobre el Precio Voluntario Pequeño Consumidor (PVPC), que pretende proteger a los hogares con menos posibilidades económicas. Se debe solicitar en

la comercializadora.

Para ser beneficiario del bono social es imprescindible cumplir una serie de requisitos.

  • Tener contratada la tarifa regulada (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor – PVPC) con potencia eléctrica igual o inferior a 10 kW en la vivienda habitual.
  • Pertenecer a un colectivo considerado “vulnerable”, “vulnerable severo” o, en algunos casos de crisis energética, “hogares con bajos ingresos” según los criterios establecidos.
  • Acreditar los ingresos, composición de la unidad familiar y otros criterios socioeconómicos determinados para atender vulnerabilidad.

Además, existen tarifas específicas como la TUR de gas, también regulada por el Gobierno y con revisión trimestral, accesible solo a través de comercializadoras de referencia.

Desde AICAR ADICAE advertimos de la necesidad de informarse bien sobre los requisitos y procesos de solicitud, ya que muchas personas que podrían beneficiarse no lo hacen por desconocimiento o complejidad burocrática.

Vías de reclamación

En caso de incidencias con la facturación, cortes injustificados, seguros vinculados o atención deficiente, existen diferentes vías de reclamación:

  1. Servicio de Atención al Cliente de la compañía. Es obligatorio contactar primero con ellos por escrito y esperar una respuesta en un plazo de un mes.
  2. Arbitraje de Consumo: gratuito, rápido (3-6 meses), vinculante, y con fuerza ejecutiva.
  3. Direcciones Generales de Energía de cada comunidad autónoma.

La asociación anima a todos los afectados a reclamar y compartir su experiencia, ya que una reclamación bien fundamentada no solo puede resolver el problema particular, sino también contribuir a una mejora colectiva del sistema, por lo que se recomienda que se pongan en contacto con la asociación para recibir asesoramiento y apoyo especializado.

Jose Mª Sanz

Miembro del Consejo de AICAR ADICAE

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